Voto electrónico y la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Copio directamente de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas, que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Repasemos. Elecciones auténticas significa con conteo correcto, sin trampas. Sufragio universal e igual significa que nadie está excluido de participar. Voto secreto o equivalente que garantice la libertad del voto significa que nadie pueda ser perjudicado por el voto elegido, y en este mundo traidor la única manera de garantizarlo es logrando que nadie sepa lo que votas.

Insisto. Si los sistemas electorales no cumplen con estas normas básicas, la democracia se va a pique, se convierte (más todavía) en un circo, un mero espectáculo de Hillarys y Obamas y Zapateros y Rajoys recorriendo el país y diciéndola cada vez más gorda.

Un comentario sobre “Voto electrónico y la Declaración Universal de los Derechos Humanos”

  1. Sigo preguntando:
    ¿hay bits auténticos y bits falsos?
    ¿hay votos falsos y votos auténticos?
    Aunque sea en papel, hay votos falsos, pues es el procedimiento de votar, lo que los hace válidos.
    El recuento del voto telemático, carece de testigos y por lo tanto es un fraude.
    ¡Salud!

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